Una pregunta frecuente de mis pacientes es: ¿cómo me recetarán antibióticos si a consulta que tuve fue por video?
El 27 mayo del 2010, el Diario Oficial de la Federación publicó el acuerdo para la venta y dispensación de antibióticos en México y reglamentó el art. 226 fracción IV de la ley general de salud en el que se estipula la venta de antibióticos con medicamentos solo con receta médica.
Esta normativa refiere que las farmacias llevarán un registro que no requiere ser autorizado por la Secretaría de Salud pero sí estará sujeto a verificación. Allí se explicita también que la Receta puede ser física o digital y sólo debe contener el nombre de quien la prescribe, su cédula profesional, domicilio y, si va a retener la receta, asignar un número consecutivo que la relacione con el registro de farmacia.
En 2011, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la expedición de recetas médicas electrónicas, a fin de impulsar el aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación en beneficio de la población.
De acuerdo a lo estipulado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y a lo publicado en las Reglas generales para la tramitación electrónica de permisos para el uso de recetarios especiales para medicamentos de la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud (publicado en el Diario Oficial), los recetarios especiales electrónicos están permitidos para medicamentos controlados de grupo 1 o estupefacientes.
Por todo esto, las recetas electrónicas son válidas y vigentes en México.
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Dr. Roberto Valdés Charles
Director Médico CuidaMex.